domingo, 3 de julio de 2011

El desgarrador relato de una mujer que fue violada sistematicamente

Una atrocidad sin límites

Una ex detenida desaparecida en el penal tucumano de Villa Urquiza, entonces de 19 años, contó cómo era abusada y torturada al mismo tiempo por los carceleros. Quedó embarazada por esas violaciones. Tras el parto en cautiverio, nunca supo del bebé.

 Por Mariana Carbajal

El testimonio más desgarrador, en el marco de tanto horror ocurrido en el penal de Villa Urquiza es, tal vez, el de S.A.N. Ex detenida desaparecida, tenía 19 años cuando fue secuestrada y trasladada al centro clandestino, donde sufrió violaciones sexuales en forma sistemática casi diariamente por parte de los miembros de la “patota” que comandaba el comisario Marcos Fidencio Hidalgo, jefe de la cárcel. Incluso, la amenazaban con ser mordida por perros si se resistía. Como consecuencia de los abusos sexuales quedó embarazada, tuvo la criatura en cautiverio, se la arrancaron de los brazos y nunca más supo de ella.

S.A.N. fue secuestrada en julio de 1975. Regresaba desde su trabajo a su casa, en Tucumán. Antes de ser llevada a Villa Urquiza, pasó por la comisaría del Parque 9 de Julio y la Jefatura de Policía, donde fue sometida a torturas.

En Villa Urquiza la alojaron en una “celda chiquita”, le ataron las manos y quedó tirada en el piso. Ese primer día no le dieron agua ni comida ni tuvo contacto con nadie. “Después de ese primer día entran a la celda dos personas, la sacan y la llevan a otro lugar, allí la desnudan y la empiezan a manosear mientras le tiraban agua, uno de los hombres que pasa primero se saca la camisa, se desnuda y le ordena que lo toque, que lo manosee, y él hacía lo mismo con ella mientras la viola por la cola, al tiempo que la hacía morder con los perros que tenía a su lado cuando se negaba a besarlo, riéndose de tal situación”, describe la sentencia dictada por el juez federal N 1 de Tucumán, Daniel Bejas (ver nota central).

De su relato surge que fue violada por otros miembros de la patota de Hidalgo, entre ellos el cabo Miguel Carrizo, y por el propio jefe del penal. “Hidalgo era uno de los más violentos en las violaciones”, afirmó. Después de todo eso la regresan en muy mal estado a la celda. Desde esa primera vez, todas las noches volvía a ser sometida en iguales circunstancias por las mismas personas a violaciones y vejaciones. S.A.N. recordó que el cabo Carrizo se ponía una peluca y que en el lugar en donde la abusaban había una mesa donde era sometida. La mujer precisó que “después de un tiempo quedó embarazada, aproximadamente en el mes de septiembre”, y que a pesar de comunicar dicha situación la continúan violando aproximadamente hasta los cinco o seis meses de gestación. A partir de esa fecha quedó totalmente recluida sin tener contacto con nadie.

La sentencia describe que durante el embarazo nunca recibió asistencia médica. El parto se desencadenó aproximadamente en mayo o junio de 1976 y estando sola en la celda se le rompe la bolsa y ante sus gritos vino Carrizo. “Era de noche y hacía frío, la sacaron de la celda y la llevaron a un salón, donde le soltaron las manos y le sacaron la venda”, sigue el fallo. Las personas que la atendieron estaban con capuchas, el parto se realizó en un colchón en el piso, le ordenaron que pujara cuando vinieran las contracciones. S.A.N. contó que nació una criatura viva, que lo sabe porque escuchó su llanto. Ella permanecía acostada en el piso mientras dos personas vestidas de policías le agarraban las manos, inmediatamente después del nacimiento envolvieron al recién nacido, del que nunca supo el sexo, en una colcha y el médico o enfermero que realizó el parto se lo llevó. Quedó en ese lugar por un rato y le volvieron a vendar los ojos, colocándole ese día y los posteriores una medicación para que no tuviera leche. Hidalgo y Carrizo están muertos: por esa razón no fueron procesados.

S.A.N. no fue llevada a la cárcel de Villa Devoto como otras ex detenidas-desaparecidas. Un tiempo después la sacaron de la celda. La trasladaron y la arrojaron de un camión y cayó cerca de un cañaveral al borde de la ruta. Contó que comenzó a caminar y luego a correr, estaba pelada, sucia y así llegó al Parque 9 de Julio. Al verla así paró una ambulancia y la llevaron al Hospicio el Carmen, un hospital neuropsiquiátrico, y le preguntaron si tenía historia clínica, y qué era lo que le había pasado. Ella no quería responder nada. Al día siguiente, al despertar tuvo miedo debido a que estaba lleno de policías y militares y se escuchaban ruidos de helicópteros.

S.A.N. todavía sufre las secuelas que le dejó aquel infierno: declaró en la causa que le molestan los ruidos de hierros o ruidos de helicópteros, vive actualmente encerrada en su casa y le cuesta comunicarse con la gente. Tiene secuelas físicas de lo sucedido durante su cautiverio, problemas en los intestinos, las marcas de las mordeduras de los perros, tumores y coágulos en la zona abdominal y una fisura en la pelvis.

Procesados jerarcas de la dictadura por las violaciones a mujeres en CCD

Bussi y Menéndez, dos abusadores sexuales

En un fallo inédito, un juez tucumano analiza la violencia de género sufrida por las mujeres en el marco del terrorismo de Estado. Y por primera vez procesó a dos ex jefes militares por los sometimientos sexuales contra las detenidas en el penal de Villa Urquiza.

 Por Mariana Carbajal

Por primera vez dos altos jerarcas de la última dictadura militar, Luciano Benjamín Menéndez y Antonio Domingo Bussi, fueron procesados como “partícipes necesarios” por la violencia de género perpetrada contra todas las mujeres detenidas en un centro clandestino de detención que funcionó en el penal de Villa Urquiza, en Tucumán, y por las violaciones sexuales sistemáticas sufridas por una adolescente de 19 años alojada en ese lugar, que logró sobrevivir y ha quedado con terribles secuelas físicas por aquellos ultrajes cometidos cada día por al menos ocho carceleros, entre ellos el entonces director de la cárcel, y que se repetían incluso cuando les advirtió que había quedado embarazada producto de aquellos ataques. Uno de sus violadores la hacía morder con los perros que tenía a su lado cuando se negaba a besarlo. Todavía tiene las marcas de las mordeduras (ver aparte).

El fallo fue dictado por el juez federal N 1 de Tucumán, Daniel Bejas. La sentencia es relevante porque analiza exhaustivamente la violencia de género sufrida por las mujeres en el marco del terrorismo de Estado. Y pone en evidencia, en línea con la Convención de Belem do Pará, que por su condición de mujeres además de haber sido víctimas de delitos de privación ilegítima de la libertad con apremios y vejaciones y tormentos agravados –como los demás detenidos varones–, habrían sufrido una violencia específica en razón de su sexo, lo que habría agregado un plus al daño generado por los delitos de que fueron víctimas.

El fallo que se conoce ahora fue firmado el 19 de mayo por el juez Bejas, a cargo de la instrucción de la causa “Fernández Juárez, María Lilia y Herrera, Gustavo Enrique s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad” (Expediente n 133/05 y causas conexas), en la que se investigaron las violaciones a los derechos humanos cometidas en el penal de Villa Urquiza, de San Miguel de Tucumán, donde funcionó un centro clandestino durante la última dictadura militar. El magistrado procesó a 13 ex represores, entre ellos Menéndez, en su condición de comandante del III Cuerpo de Ejército en el momento de los hechos investigados, y Bussi, entonces comandante de la V Brigada de Infantería del Ejército, con jurisdicción en las provincias de Tucumán, Jujuy y Salta. Menéndez y Bussi eran las máximas jerarquías de la última dictadura desde Córdoba hacia el norte del país. Bejas les imputa un abanico de delitos. Las acusaciones incluyen violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad con apremios y/o vejámenes, torturas agravadas, tormentos seguidos de muerte y homicidio agravado, en perjuicio de al menos 33 varones y 10 mujeres. Lo novedoso es que tanto Bussi como Menéndez fueron procesados, además, como “partícipes necesarios” de la violencia de género que sufrieron las mujeres detenidas, y del delito de violación sexual agravada en grado reiterado (artículos 119 y 122 del Código Penal) en perjuicio de S.A.N., una adolescente que tenía 19 años cuando fue llevada al centro clandestino que estaba en el penal tucumano.

Puntualmente, el magistrado declara en el punto 7º de la sentencia que “las mujeres alojadas en el Penal de Villa Urquiza durante la vigencia del terrorismo de Estado habrían sido víctimas de actos que califican como las más graves y reprochables formas de violencia contra la mujer (art. 1 y 2 de la Convención de Belén do Pará), correspondiendo al Ministerio Público Fiscal ahondar su investigación a fin de visibilizar tales hechos en forma particular y específica” (ver aparte). La violencia de género es considerada dentro del delito de tortura.

La prueba testimonial recolectada en la instrucción determinó que las mujeres eran alojadas en un pabellón del penal de Villa Urquiza cercano al sector de la Panadería. Allí, destaca la sentencia, “habrían sido víctimas de numerosos y variados actos de violencia de género”. Algunas de ellas estaban embarazadas y otras con sus hijos. Según el testimonio de presos comunes, “habrían sido objeto de particulares maltratos, abusos y delitos sexuales”. Varias de las detenidas permanecían en celdas de aislamiento. Una de ellas, J.R.P., declaró que fue llevada al centro clandestino estando embarazada, y permaneció los primeros días incomunicada en una celda sola con régimen de aislamiento, a la que llegó en “un estado deplorable, ya que venía de haber sido torturada”. Contó que después le permitieron estar junto a su hija de ocho meses, que estaba en la cárcel con otros niños. Destacó que era “permanentemente torturada psicológicamente” y que “jamás estando embarazada” recibió atención ni trato adecuado a su situación. La mayoría de las detenidas, consideradas “peligrosas subversivas”, fueron luego trasladadas a la cárcel de Devoto, en la ciudad de Buenos Aires, y los niños, entre ellos una hija de J.R.P., fueron liberados en forma conjunta sin tener ella y sus compañeras la certeza de que fueran entregados a sus familiares como les decían. Precisamente, los militares “jugaban con esa incertidumbre para generar mayor temor en ellas”, dice la sentencia. Las fichas médicas recuperadas dan cuenta de al menos ocho nacimientos en cautiverio. Varias de las detenidas eran llevadas al despacho del director del penal, Marcos Hidalgo, donde eran abusadas sexualmente. Otra ex detenida-desaparecida declaró que en una oportunidad le solicitó a Hidalgo que sus hijas menores estuvieran con ella, como pasaba con otras internas; él accedió, le llevaron a sus hijas y le dieron otra cama y colchón. “Apenas dejaron las cosas, pasó Hidalgo y le propuso a la testigo que tuviera relaciones con él en compensación de los favores recibidos, también le dijo que si accedía él podía darle la libertad, a lo que la testigo se negó y a partir de ese momento el trato para con ella se endureció”, describe el fallo.

En los fundamentos del fallo, el juez Bejas “consideró importante” la “debida visibilización y consideración” de la violencia de género, “en virtud de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino con relación a la investigación y juzgamiento de la violencia contra las mujeres durante la vigencia del terrorismo de Estado en el país”.

viernes, 27 de mayo de 2011

Recién ahora no les pagaremos a Bussi y a Menéndez... ¿?

El ministro de Defensa dio de baja del Ejército a Antonio Bussi y a Luciano Benjamín Menéndez

El Ministro de Defensa de la Nación, Arturo Puricelli, firmó ayer "las resoluciones ministeriales Nº 408 y Nº 409 por medio de las que se dispone la Baja de las filas del Ejército Argentino de los Generales de División (R) Luciano Benjamín Menéndez y Antonio Domingo Bussi", informó esta noche la cartera de Defensa.

"Las resoluciones respectivas indican en los considerandos que, luego de conocidos los fallos del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán en las causas por las que eran juzgados (Bussi y Menéndez) y por las que se les impusieran las penas de ´Prisión Perpetua e Inhabilitación Absoluta y Perpetua…´, tomó intervención la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, la que opinó que resultaba procedente dictar la baja de ambos individuos como consecuencia de las penas e inhabilitaciones que se les aplicara a los condenados", agrega el comunicado.

"Ambas resoluciones se adoptan en virtud de las leyes y las normativas militares vigentes", concluye el texto firmado por Puricelli.

Pero Menéndez, que ahora está ingresado en un clínica privada, después irá a su casa

lunes, 11 de abril de 2011

Confirman en Córdoba procesamiento de Luciano Benjamín Menéndez

La Cámara Federal de esa ciudad ratificó una decisión de primera instancia contra el ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército. En la causa se investigan crímenes en perjuicio de tres víctimas. La medida también alcanza a tres ex policías

La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el procesamiento del ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército Luciano Benjamín Menéndez, en el marco de una causa por delitos de lesa humanidad cometidos en aquella provincia durante el último gobierno de facto.

Así, los jueces Abel Sánchez Torres, Octavio Cortés Olmedo e Ignacio María Vélez Funes ratificaron un fallo de primera instancia que dispuso aquella medida para Menéndez y para los ex policías Pedro Nolasco Bustos, Jorge Vicente Worona y José Filiberto Olivieri.

En la causa se investigan los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados y homicidio agravado, en perjuicio de tres víctimas.

En su fallo, los jueces afirmaron que “las víctimas habrían sido detenidas en la intersección de las calles Octavio Pinto y Caraffa el día 2 de junio de 1976 aproximadamente a las 11 horas, e ingresadas forzosamente a un vehículo policial identificable, en el cual fueron trasladadas hasta el lugar donde se les habría dado muerte y donde aparecieron los cuerpos de las víctimas Oliva, Diez y Villanueva, el mismo día y con posterioridad”.

Asimismo, aseguraron que “todos los testimonios vertidos dan por tierra con la versión exculpatoria sostenida por los imputados, la cual no encuentra apoyo en ningún testimonio y la prueba informativa colectada resulta confusa y contradictoria para resolver en beneficio de esos inculpados”.

lunes, 4 de abril de 2011

Salta : se inicia el juicio oral

Será este martes 5 de abril, en Salta. 
En el proceso se investiga la desaparición de Miguel Ragone, ex gobernador de esa provincia, y un caso de homicidio. Será juzgado Luciano Benjamín Menéndez, ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, junto a otros siete acusados
El Tribunal Oral Federal de Salta dará el martes 5 de abril, a partir de las 9, al juicio oral por el secuestro y desaparición de Miguel Ragone, ex gobernador de esa provincia, donde será juzgado Luciano Benjamín Menéndez, ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, junto a otros siete acusados.

En el proceso también se investiga el homicidio del comerciante Santiago Arredes y las lesiones sufridas por Margarita Martínez de Leal.


Además de Menéndez, están procesados Carlos Alberto Mulhall, ex jefe del Ejército en Salta; Miguel Gentil, ex jefe de la Policía de Salta; Joaquín Guil, ex jefe de Seguridad de la Policía; Jorge Héctor Zanetto, ex vocero de la Triple A, y los ex policías Andrés del Valle Soraire, Pedro Javier Herrera y Raúl Nelson Herrera.

martes, 29 de marzo de 2011

Piden revertir absoluciones de tres acusados del juicio a Videla

Los querellantes Vaca Naravaja y Martínez interpusieron un recurso de casación contra el fallo que absolvió a Pino Cano, Quiroga y D`Aloia.os abogados querellantes, Hugo Vaca Naravaja y María Elba Martínez, interpusieron hoy el recurso de casación contra el fallo que absolvió a Víctor Pino Cano, Osvaldo Quiroga y Pablo D`Aloia, acusados de cometer crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura militar.

Así lo confirmó el abogado Hugo Vaca Narvaja, que actuó como querellante en la causa en la que se juzgó el fusilamiento en un fraguado intento de fuga en la Unidad penitenciaria número (UP1) de su padre, Miguel Hugo Vaca Narvaja, junto a Higinio Toranzo y Gustavo de Breuil, el 12 de agosto de 1976.

En el recurso interpuesto, los letrados rechazaron el fallo absolutorio a los acusados emitido por el Tribunal Oral Federal número 1 (TOF1), integrado por los jueces Jaime Díaz Gavier, Carlos Lascano y José María Pérez Villalobo, en diciembre último.

En ese sentido consideraron como un "silogismo fallido" la decisión del tribunal, al sostener que si "sí había un plan sistemático (de extermino), en un territorio determinado: la UP1 que estaba a cargo de la IV Brigada, donde se realizaban traslados que encubrían fusilamientos; que Quiroga integraba la IV Brigada; que realizó traslados que terminaron en fusilamientos, y que Quiroga no puede resultar absuelto".

Vaca Narvaja y Martínez precisaron que en la declaración del militar durante el juicio, "se detectan con claridad falsedades que el Tribunal no advirtió en sus fundamentos", como que es "falso que desconociera la identidad de las víctimas, puesto que firma que las retira, concretamente en el legajo de Miguel Hugo Vaca Narvaja".

"Sabe que eran cuatro, confiesa como los traslada, como los `acondiciona`. Sabía su identidad, pues eso es lo que firmó. No puede aceptarse que Quiroga ignorara quién era Vaca Narvaja, menos aún recién llegado del Operativo Independencia, y menos aún con la trascendencia pública de su hermano Fernando, uno de los dirigentes de Montoneros".

"Omisión". Señalan más adelante que el tribunal "omite considerar que Quiroga no solamente era parte de la estructura que retiraba estos detenidos, sino que avaló y acompañó todas las circunstancias, como el hostigamiento a Vaca Narvaja sobre el padre o la referencia a la colega María Luisa Montaldo, militante reconocida en esos tiempos que luchaba contra loteos fraudulentos".

"Quiroga, que estaba bajo la órdenes de Pino Cano, sabía con quién estaba y para qué estaba, vino de Tucumán para ello y logró su asenso en diciembre de 1976 al grado de capitán".

"Otra prueba que se omite es la despedida que el mismo Vaca Narvaja realiza diciendo: "hasta la victoria siempre compañeros, me van a fusilar", y descarta que "el `preocupado Quiroga`, es ascendido en diciembre de ese mismo año y en la hoja 1 de su legajo dice: "Folio 6. Ascenso de teniente primero a capitán. 31 de diciembre de 1976."

"Este hombre -añaden-, que dijo haber sido criado en la verdad, utilizó su posibilidad de poder honrar a la verdad como imputado y mintió. Este oficial del Ejército Argentino, sin embargo, no rechazó las leyes de impunidad como hubiera correspondido a todo verdadero soldado de la patria".

También rechazan en la casación lo sostenido por el TOF1, al indicar que "es falso que los traslados se produjeran durante la noche, en condiciones irregulares, ocultando o falseando la identidad del militar que los retiraba frente a las autoridades penitenciarias".
"Dice el Tribunal que un ejército actuaba en horas hábiles, y era legal, y otro en horas inhábiles, y era clandestino.

Un absurdo que no encuentra justificación alguna en las constancias de la causa. La sentencia en este punto se torna absolutamente arbitraria. Además, Quiroga se reconoce como un cuadro operativo de la Cuarta Brigada, encargado de la aplicación del plan sistemático descripto por el Tribunal", agregaron los letrados.

Asimismo sostienen que hubo una "indebida fundamentación, lógica sentencia, silogismo incorrecto, fundamentación en afirmaciones contradictorias, que devienen irreversiblemente en fundamentación arbitraria subjetiva", lo que permitió la absolución de los imputados cuando la querella había solicitado la pena de prisión perpetua para los imputados.

jueves, 17 de marzo de 2011

En Tucumán, piden cárcel común para los represores Albornoz y De Cándido

Entidades de derechos humanos apelaron la excarcelación en la causa Jefatura

Los abogados de andhes, FADETUC y la abogada de familiares de desaparecidos, Laura Figueroa, presentaron el lunes 14 de marzo, ante la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, un Recurso Extraordinario solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise el reciente fallo que revocó la prisión efectiva de los condenados por delitos de Lesa Humanidad, Roberto H. Albornoz y Luis Armando De Cándido.

Los querellantes consideraron que hay arbitrariedad manifiesta en dicha resolución de la Cámara de Casación.

Tanto Albornoz como De Cándido fueron condenados en el juicio llevado adelante por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Tucumán en 2010, por delitos de Lesa Humanidad cometidos contra 22 víctimas en el Centro Clandestino de Detención, Jefatura de Policía, durante la última Dictadura Militar.

Los querellantes plantearon la medida en base a que ambos represores fueron encontrados penalmente responsables de gravísimos crímenes calificados de Lesa Humanidad en función de las circunstancias probadas en debate oral sobre el nivel de participación criminal de los mismos; destacándose en el escrito el riesgo procesal cierto que se desprende de la excarcelación de los represores, dada la actividad remanente de la estructura de poder represor a nivel nacional y local, con el consecuente riesgo que ello implica para víctimas y testigos.

También se tuvo en cuenta la vulnerabilidad del régimen de prisión domiciliaria advertido durante el proceso judicial, así como la declaraciones de Juan Martín, Fote, Homquist, Aldeco y Clemente, entre otros, sobre la actitud de Albornoz quien amenazó y amenaza constantemente a testigos y víctimas del Terrorismo de Estado. Se destacó, además, que otros testigos advirtieron la aptitud de De Cándido (alta formación en inteligencia) de poner en riesgo cierto la ejecución de la sentencia.
 
La condena del TOF y su revocación parcial

 Es importante destacar que el 8 de Julio de 2010 el TOF dictó sentencia en la causa condenando a Albornoz a prisión perpetua y a Luis De Cándido a 18 años de prisión ordenando para ambos el traslado a la unidad penitenciaria de Villa Urquiza, a efectos de neutralizar el riesgo procesal que implica la situación de ambos condenados por delitos de lesa humanidad.

Por su parte, la sala III de la Cámara de Casación Penal decidió “anular parcialmente la sentencia exclusivamente en lo referido la revocación de la prisión domiciliaria de Albornoz y la orden de detención de De Candido, y ordenar que, hasta que la sentencia condenatoria quede firme, los imputados continúen con el régimen dispuesto con anterioridad al juicio oral”. Esto significa que, desconociendo los motivos esgrimidos por el TOF para la prisión efectiva, la Cámara Nacional de Casación Penal deja en libertar al represor De Cándido y permite al represor Albornoz volver a la prisión domiciliaria, de la cual, según surgió del juicio oral, ya se burló anteriormente.

En la presentación del Recurso Extraordinario, los querellantes indicaron que “inteligir que estos ex miembros de la fuerza policial con contactos firmes dentro de la estructura de poder, no representan un riesgo procesal a los efectos de la ejecución de la sentencia de autos, es desconocer lo sucedido durante el debate oral y omitir la valoración adecuada de la prueba producida y su aptitud convictiva, extremos requeridos en aras de garantizar el debido proceso de las partes”.

La resolución de la Cámara Nacional de Casación Penal se presenta manifiestamente lesiva de los derechos y garantías fundamentales. Por eso, los abogados recordaron “el especial deber de cuidado que pesa sobre los magistrados… para neutralizar toda posibilidad de fuga o entorpecimiento de la investigación en casos como el aquí considerado”.

La anulación parcial de la sentencia emitida por el TOF  “en tanto que allana la posibilidad del entorpecimiento de la ejecución de la sentencia condenatoria alcanzada, compromete asimismo la responsabilidad internacional del Estado Argentino en materia de juzgamiento y condena a responsables por la comisión de delitos de lesa humanidad en el marco del terrorismo de estado sufrido” indicaron los querellantes.

Sobre los condenados

Roberto Heriberto Albornoz represor conocido como el “Tuerto”, fue jefe del Servicio Informaciones Confidenciales (SIC) durante el primer tramo de la dictadura. Por eso, fue condenado prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua por ser coautor material penalmente responsable de la comisión del delito de asociación ilícita en calidad de organizador, por ser autor material penalmente responsable de delitos de violación de domicilio en concurso ideal con los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravada, torturas seguida de muerte, homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes calificándolos como delitos de lesa humanidad.

Por su parte, Luis Armando De Cándido fue policía e integrante de la misma estructura de inteligencia en la provincia. Fue sentenciado a dieciocho años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua por ser coautor material penalmente responsable de la comisión del delito de asociación ilícita agravada, autor material penalmente responsable del delito de violación del domicilio de calle Chacabuco N° 476/478, en concurso ideal con los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, torturas seguida de muerte calificados como delitos de lesa humanidad

El SIC, integrado por agentes de policía bajo el control del supervisor militar y en el marco de la labor de inteligencia, investigaba e individualizaba personas, encargandose de realizar seguimientos a las posibles víctimas, secuestrarlas, trasladarlas a la Jefatura y realizar los interrogatorios bajo tortura.

viernes, 11 de marzo de 2011

Realizaron inspección ocular en el juicio oral contra Menéndez en Tucumán

El reconocimiento se llevó adelante este miércoles, en el lugar donde habrían ocurrido los homicidios de cinco víctimas por los que se juzga al ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército. También está acusado el ex policía Roberto Heriberto Albornoz

El Tribunal Oral Federal de Tucumán realizó este miércoles, en horas de la tarde, una inspección ocular en el marco del nuevo juicio oral contra el ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército Luciano Benjamín Menéndez, acusado por el homicidio de cinco personas durante el último gobierno de facto.

El reconocimiento, del que participaron los miembros del tribunal, las querellas y las defensas, se realizó en la ciudad de San Miguel de Tucumán, sobre la calle Azcuénaga al 1800, donde se habrían producido los hechos investigados.

Se trata de la causa “Romero Niklison”, en donde se juzga al ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército por delitos cometidos en perjuicio de cinco víctimas. También está acusado el ex policía Roberto Heriberto Albornoz.

Descripción de los hechos (requerimiento fiscal)
El día 20 de Mayo de 1976, en horas cercanas al medio día, se produjo un allanamiento por parte de personal de la Vº Brigada de Infantería y personal perteneciente a fuerzas policiales de la Provincia de Tucumán, en el domicilio donde vivían María Alejandra Niklison y Gerardo Alfredo Romero (padres de la denunciante), sito en calle Azcuénaga Nro. 1816, Barrio Echeverría de la ciudad de San Miguel de Tucumán.

Momentos antes del allanamiento, en ese domicilio se hallaban reunidos cinco militantes pertenecientes a la Organización Político-Militar Montoneros de Tucumán, quienes estaban participando de una reunión de conducción de la zona Este: María Alejandra Niklison, Fernando Saavedra Lamas, (a) “Pepo”; Juan Carlos Meneses (cuyo nombre falso era Miguel Angel Gonzalez Cano, oriundo de la provincia de Santa Fe) Atilio Brandsen y Eduardo Gonzalez Paz,(a) “Tomas” o “Martín”; Fuerzas conjuntas del Ejército y de la Policía Provincial, toman por asalto la casa, previamente lanzan explosivos, ingresan a la vivienda, simulando un enfrentamiento asesinan a todos los moradores, por disparos de arma de fuego.

Uno de los ocupantes logra salir de la casa huyendo, pero es asesinado por los mismos agresores cerca de la iglesia cercana, luego identificado como Fernando Saavedra Lamas. Frente del domicilio allanado había camiones del Ejército, vehículos policiales, gran cantidad de efectivos de ambas fuerzas, y muchos vecinos del lugar.

Los cuerpos sin vida de las víctimas fueron llevados a la Jefatura de la Policía de Tucumán, y de allí cuatro de ellos (tres masculinos y un femenino) fueron inhumados en fosas comunes en el Cementerio del Norte de esta ciudad.

miércoles, 2 de marzo de 2011

Cuando iban a dar testimonio los testigos, Menéndez internado por hipertensión.

La justicia argentina suspendió el miércoles  2 de marzo el juicio contra el ex general Luciano Menéndez por crímenes de lesa humanidad debido a que el acusado, que suma cuatro condenas a cadena perpetua, debió ser internado por un cuadro de hipertensión, informó una fuente juicial.
"Tuvo un pico de presión y el médico del sistema de salud aconsejó su internación", informó el secretario de Derechos Humanos del Tribunal Oral Federal de Tucumán (norte) donde se lo juzga por el homicidio de cinco personas durante la dictadura (1976-83).
Menéndez (83 años), ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército con jurisdicción sobre el centro y norte del país, una de las regiones más castigadas por el terrorismo de Estado en aquella época, ya fue condenado en cuatro oportunidades a prisión perpetua, pena que cumple en cárcel común desde diciembre de 2009.
El ex represor, comenzó a manifestar problemas de hipertensión "hace dos o tres días", dijo el funcionario judicial por lo que se decidió su hospitalización en un sanatorio privado de la capital tucumana.
El juicio, en el que se aguardaba  el relato de testigos, fue suspendido en principio hasta el jueves.
En la causa se lo juzga por los hechos ocurridos el 20 de mayo de 1976 en Tucumán, cuando un grupo integrado por efectivos del Ejército y de la policía provincial irrumpió en una casa y mató a cinco presuntos miembros del grupo guerrillero Montoneros y luego inhumó sus restos en fosas comunes.
En este juicio también está acusado el ex jefe de inteligencia policial de Tucumán Roberto Albornoz, condenado a cadena perpetua en otra causa por crímenes de lesa humanidad.
Menéndez ya fue condenado a cadena perpetua por los delitos de privación ilegítima de la libertad, imposición de tormentos, torturas seguidas de muerte y homicidios..

jueves, 24 de febrero de 2011

Otra jornada en el juicio contra Menéndez en Tucumán

Gerardo Romero, esposo de una de las víctimas asesinada junto con otras cuatro personas, hecho ocurrido durante la última dictadura militar, aseguró que en la vivienda donde sucedió el ataque "no había armamentos como dijeron los comunicados" del Tercer Cuerpo de Ejercito.

Romero declaró hoy como testigo en la segunda jornada del juicio que se realiza en Tucumán por la denominada causa "Romero Niklison" contra el represor Luciano Benjamín Menéndez.

"El Ejército sostuvo que hubo un enfrentamiento armado, pero en el lugar no había armamentos. Los compañeros fueron directamente fusilados y sin posibilidades de defensa", señaló Romero al declarar hoy ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán.

El tribunal procurará determinar la responsabilidad del ex titular del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez y del otro imputado, el ex comisario Roberto Heriberto Albornoz, en el hecho ocurrido el 20 de mayo de 1976.

Durante el relato, Romero sostuvo que "en la casa no había túneles ni armamentos ni municiones, sólo había un depósito camuflado donde había documentación, libros y revistas que teníamos prohibido leer los argentinos en esa época".

El testigo recordó que "ese día había una reunión política en mi casa y yo salí con mi hija Alejandra, que tenía un año y ocho meses, porque debía encontrarme con un compañero para una reunión de control que hacíamos habitualmente".

"Era un reunión rápida, pero me demoré en volver porque mi compañero se quedó sin nafta en el auto y lo llevé a una estación de servicio para que compre combustible", señaló.

"Cuando volví a mi casa, una vecina me alertó que habían entrado y asesinados a todos. Me desvié al ver la presencia de soldados y logré observar a la distancia que estaban saqueando mi casa. Nunca me bajé del auto ni pude ver si trasladaban los cuerpos", explicó.

"Yo no vi lo que pasó, pero por los relatos que escuché se trató de una ejecución, sin darles posibilidades de defensa", añadió.

El testigo contó que al ser asesinada, su esposa María Romero Niklison estaba embarazada de cinco meses y que él decidió enviar a su hija a Santa Fe, donde fue criada por su cuñada.

También señaló que conoció a su esposa cuando ingresó a Montoneros militando en la Universidad Nacional de Tucumán.

Durante la jornada también declaró María Alejandra Romero Niklison, que actúa como querellante en la causa y es hija de María Romero Niklison, una de las víctimas.

Contó que al suceder el ataque era muy pequeña pero que con el tiempo fue conociendo detalles de lo sucedido por el relato de amigos y vecinos.

En la casa de la familia, ubicada en el barrio Echeverría, de la capital tucumana, el 20 de mayo de 1976, María Romero Niklison mantenía una reunión con otros cuatro militantes de la organización Montoneros.

De acuerdo con constancias del expediente, fuerzas conjuntas del Ejército y de la policía provincial tomaron por asalto la casa y, simulando un enfrentamiento, asesinaron a todos quienes allí estaban.

lunes, 21 de febrero de 2011

Córdoba: responsabilizan a Videla por represión y "aniquilación de todos los opositores políticos"

El Tribunal Oral Federal 1 (TOF1) sindicó al represor Jorge Rafael Videla como el “responsable” de fijar los objetivos y de proveer los medios para la “aniquilación de todos los opositores políticos al régimen” militar, al dar a conocer hoy los fundamentos de la sentencia que, junto a Luciano Benjamín Menéndez, lo condenó a perpetua el año pasado en Córdoba.

Los jueces, al argumentar las sentencias para los 30 imputados, sostuvieron que los hechos juzgados “se cometieron como consecuencia de la planificación estratégica y táctica emanada de la cúpula militar”, y que “Videla fue el responsable de fijar los objetivos y proveer de infraestructura y medios para la consiguiente cadena de mandos bajo sus órdenes”.

En ese sentido, añadieron que Videla dictó la Directiva 404/75 (Lucha contra la Subversión) con el cual puso en ejecución el “objetivo político de represión de actividades consideradas ilegales y de la aniquilación de todos los opositores políticos al régimen” y de todo lo que se consideraba “enemigo”.

Para llevar adelante el “plan ilegal diseñado por Videla se trazó una división por zonas del país”, y que la mayoría de los detenidos estaban a disposición conjunta del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), por lo que resulta “inverosímil” que ignorara la modalidad sistemática que se utilizaba para eliminar a los detenidos que estaban a su disposición.

Al referirse en general sobre la totalidad de los condenados, los jueces sostuvieron en el fallo que todos formaban parte de la “organización de un plan sistemático integral criminal, que, amparado por los mecanismos estatales tenía como objetivo la eliminación de los opositores políticos”.

Agregaron que dentro de ese plan de aniquilamiento cumplieron distintos roles y tareas dentro de la “represión ilegal caracterizada por la discrecionalidad y libertad otorgada por la Junta de Comandantes (Videla) a los jefes de zona (Menéndez), como así también la libertad al personal militar y policial inferior en sus distintas jerarquías y grados”.

En ese contexto, “se advierte allí sin dificultad, un nivel horizontal de responsabilidades y la existencia de coautoría mediata. Todos ellos se conocían, se reunían, compartieron cargos como integrantes de la Junta y en común planificaron y ordenaron la ejecución del plan criminal descripto”, sostuvieron los jueces Jaime Díaz Gavier, Carlos Lascano y José María Pérez Villalobos.

En cuanto a las responsabilidades de Menéndez sobre los hechos juzgados, entre el 2 de julio y el 22 de diciembre del año pasado y que involucra la muerte de 31 presos políticos, el tribunal sostuvo que “compartió un grado de responsabilidad paralela en paridad de cargos con los demás Comandantes de zona del país”.

Menéndez, desde el rol de Jefe del Tercer Cuerpo de Ejército y al mismo tiempo, Comandante del Area 311, “desarrolló un estricto control de las unidades a su cargo, impartió órdenes e instrucciones, generó las condiciones adecuadas para que se acataran, supervisó los resultados y facilitó las condiciones para que el plan de aniquilamiento se cumpliera acabadamente por las diversas dependencias a su cargo”.

En el marco de ese análisis jurídico, los magistrados entendieron que “los hechos traídos a juicio se ejecutaron como consecuencia de las directivas y órdenes impartidas por Menéndez, lo que nos permite concluir que intervino en los hechos atribuidos”, resaltó entre los puntos más sobresalientes del extenso fundamento de 674 páginas.

En diciembre del año pasado Videla fue condenado a `prisión perpetua` como responsable de los delitos de imposición de tormentos agravada por la condición de perseguido político de la víctima (30 hechos en concurso real), homicidio calificado por alevosía y por el concurso de pluralidad de partícipes (29 hechos en concurso real), y tormentos seguido de muerte (1 hecho).

Menéndez recibió la misma pena por los delitos de privación ilegal de la libertad calificada por tratarse de un funcionario público, agravada por el uso de violencia, por durar más de un mes y por haberse cometido para compeler a la víctima a hacer, no hacer o tolerar algo a lo que no estuviese obligada (6 hechos en concurso real).

Se suman los delitos de imposición de tormentos agravada por la condición de perseguido político de la víctima (38 hechos en concurso real), homicidio calificado por alevosía y por el concurso de pluralidad de partícipes (30 hechos en concurso real), tormentos seguido de muerte (1 hecho) y lesiones graves calificadas (1 hecho) todo en concurso real.

En el mismo proceso también fueron condenados a prisión perpetua los militares Vicente Meli, Mauricio Poncet, Raúl Fierro, Jorge González Navarro, Gustavo Alsina, Pedro Mones Ruiz y Miguel Angel Pérez, al igual que los policías Carlos Yanicelli, Miguel Angel Gómez, Luis Lucero, Calixto Flores, Yamil Jabour, Marcelo Luna y Ramón Molina.

Para Hermes Rodríguez la sentencia fue de 12 años; José San Julián, 6 años; Juan Húber, 14 años; Víctor Pino Cano, 12 años; Carlos Hibar Pérez, 10 años; Mirta Antón, 7 años y Fernando Rocha, 8 años.

Las absoluciones favorecieron a Osvaldo Quiroga, Francisco D`Aloia, Cayetano Rocha, Luis Alberto Rodríguez, José Paredes, Luis Merlo y Gustavo Salgado.

Para ese proceso de enjuiciamiento se habían acumulado las causas por la muerte de 31 presos políticos alojados en la Unidad Penitenciaria San Martín (UP1), aplicando la `Ley de Fugas`, y el expediente sobre secuestros y torturas en contra de un civil y cinco miembros del entonces Departamento de Informaciones Policiales (D2), en todos los casos ocurridos en 1976.

sábado, 19 de febrero de 2011

La Cámara de Casación beneficia a dos represores

Donde no deben estar

Roberto Albornoz y Luis Armando de Cándido estaban en una cárcel común por los crímenes que cometieron en Tucumán. El primero seguirá preso en su casa; el segundo quedó en libertad
     
Cuna del terrorismo de Estado en 1975 con el operativo “Independencia”, devastada en dictadura de la mano de Antonio Domingo Bussi, Tucumán no tiene un solo represor condenado en la cárcel. A pesar de los “riesgos inminentes” para los testigos invocados por el Tribunal Oral Federal en su sentencia de junio pasado, cuando ordenó que los genocidas cumplan su pena en una cárcel común, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal revocó la decisión con inusual celeridad y permitió abandonar el penal de Villa Urquiza a Roberto Heriberto Albornoz y Luis Armando de Cándido, los únicos dos condenados que no estaban en su casa. Hijos regional Tucumán calificó de “vergonzosa” la decisión de Liliana Catucci, Gustavo Mitchel y Angela Ledesma.

El máximo tribunal penal de la Nación suele tomarse su tiempo para confirmar sentencias en causas por delitos de lesa humanidad. De cuarenta fallos en el último lustro, Casación confirmó once, de los cuales sólo tres fueron revisados por la Corte Suprema de Justicia y están técnicamente “firmes”. La demora permite que sigan libres y no se revea el modo de ejecución de la sentencia de represores que pagaron altas sumas para evitar la cárcel, como Jorge Olivera Róvere, los brigadieres César Comes e Hipólito Mariani o el coronel Bernardo Menéndez, que se da el lujo de defender como abogado a sus camaradas en desgracias.

En el caso tucumano el tribunal demostró que no siempre es lento. En julio del año pasado, luego de escuchar durante meses a sobrevivientes y familiares de víctimas de la ex Jefatura de Policía de Tucumán, el TOF local condenó a prisión perpetua a Albornoz, el ex titular de ese centro clandestino, y a 18 años de cárcel al policía De Cándido. Como la ley permite el beneficio del arresto domiciliario a los mayores de setenta años (Albornoz tenía 78 años, De Cándido, 71), los vocales del tribunal debatieron sobre el modo de cumplimiento de la sentencia. Se impuso el criterio de Carlos Jiménez Montilla y Josefina Curi (votó en disidencia Gabriel Casas), de revocar el arresto domicilio de quien fuera mano de derecha de Bussi y la excarcelación de su subordinado. En sus argumentos destacaron los antecedentes de amedrentamientos a testigos, tanto del El Tuerto Albornoz, que además había violado su arresto domiciliario, como de De Cándido, reconocido por las víctimas como uno de los más feroces torturadores de la ex Jefatura.

A siete meses del fallo y sin pronunciarse sobre el fondo de la sentencia, la Sala III de Casación decidió retrotraer la situación al comienzo del juicio, léase liberar a De Cándido y encerrar en su casa a Albornoz, que encabezó sesiones de torturas contra centenares de tucumanos. “La interpretación de las normas, especialmente cuando está en juego la libertad de las personas o una morigeración del lugar de detención, debe ser restrictiva. Para revocar el arresto domiciliario u ordenar la detención de un imputado deben existir elementos objetivos que permitan sostener que existen –o que permitan presumir– riesgos procesales, circunstancia que no se presenta en autos”, escribieron Catucci, Mitchel y Ledesma.

Hijos Tucumán manifestó su “más enérgico repudio” a la resolución y recordó que “esta marcada intencionalidad de favorecer a los genocidas responsables del terrorismo de Estado tiene lamentables antecedentes: fue esta misma Cámara la que excarceló a Astiz y al Tigre Acosta, dándose el lujo de resolver las formas de cumplimiento de las penas sin resolver antes el fondo de la cuestión”. Desde la reapertura de causas en 2003 hubo en Tucumán sólo dos juicios que derivaron en cinco condenas. “A constantes dilaciones, con megacausas como Arsenal de Azcuénaga que lleva años a la espera de ser elevada a juicio oral –lamentó Hijos–, se agrega la decisión de Casación de mandar a sus casas a los dos únicos genocidas que cumplían sus condenas en cárceles comunes. ¿Será justicia?”

miércoles, 9 de febrero de 2011

El represor se queda sin abogado

El operativo de traslado del ex Jefe del Tercer Cuerpo del Ejército se concretaría el próximo sábado desde Córdoba a Tucumán, donde será alojado en la casa de su hijo, en Yerba Buena. El 15 de febrero comenzará a ser juzgado por el fusilamiento de cinco militantes de Montoneros ocurrido en 1976. El represor se quedó sin defensa, luego de que su abogado Horacio Guerinau renunciara el viernes pasado. “El Tuerto” Albornoz, del penal al banquillo.

Al iniciarse el 15 de febrero el tercer juicio oral y público en su contra en Tucumán, el ex Jefe del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, sería trasladado el próximo sábado desde Córdoba a la provincia y será alojado en la casa de su hijo en Yerba Buena.

Menéndez será juzgado esta vez por el fusilamiento de cinco militantes políticos de la organización Montoneros ocurrido el 20 de mayo de 1976 en el Barrio Echeverría, en el marco de la causa “Romero Niklison”.

Por estas horas es una incógnita quien será su defensor. Sucede que el represor se quedó sin abogado defensor luego de que el viernes pasado renunció Horacio Guerinau, quien lo defendió en los dos primeros juicios que se realizaron en la provincia y terminaron con una condena a prisión perpetua al militar retirado. Fuentes del Tribunal Oral aseguraron que si en tres días no designa a otro abogado, se designará de oficio a un defensor público oficial.

También se confirmó que durante su estadía en la provincia, Menéndez cumplirá arresto domiciliario en la casa de su hijo, ubicada en Yerba Buena. Esto se debe a que todavía los jueces del Tribunal Oral Federal no decidieron la modalidad del cumplimiento de la primera condena firme contra Menéndez, en el marco de la causa Vargas Aignasse.

El que será trasladado diariamente desde el penal de Villa Urquiza a la sala de audiencias será el policía retirado Roberto Heriberto Albornoz, ex jefe del Servicio de Información Confidencial de la Policía de Tucumán entre 1975 y 1978), quien cumple allí la condena a prisión perpetua dictada en el último juicio que se realizó el año pasado en la provincia en la megacausa Jefatura de Policía.

En tanto, en el lugar de la Fiscalía General, debutará Leopoldo Peralta Palma, quien asumirá el papel en representación del Ministerio Público que en los dos primeros juicios estuvo en manos de Alfredo Miguel Terraf, quien concretó su retiro jubilatorio.

El Tribunal estará integrado nuevamente por los jueces Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla, con la incorporación de Luis López (juez santiagueño que actuará en calidad de subrogante).

lunes, 31 de enero de 2011

Luciano Benjamín Menéndez. Regresará al banquillo en Tucumán.

Será a partir del 15 de febrero Comenzará un nuevo juicio al represor Luciano Benjamín Menéndez

Iniciará un nuevo proceso judicial para el ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército, el represor Luciano Benjamín Menéndez. Se trata de la causa Romero Niklison, en la que se juzga a Menéndez, junto al ex policía Roberto Albornoz, por los homicidios de cinco personas cometidos durante el último gobierno de facto. El proceso tendrá lugar en el Tribunal Oral en lo Federal de Tucumán, el 15 de febrero, según publicó en su portal el Centro de Información Judicial. En la causa también está imputado el policía retirado, Roberto Heriberto Albornoz.

Es preciso destacar, que el último juicio a represores fue en Córdoba. El proceso comenzó el julio de 2010 y finalizó el diciembre. En el transcurso de esos meses, se juzgó al dictador Jorge Rafael Videla, a Menéndez y 29 represores más.

En cantidad de imputados, fue el mayor de la historia argentina. Se juzgaron fusilamientos de presos y torturas a policías.

El juicio se desarrolló en el Tribunal Oral Federal 1 de Córdoba, lugar en el que se condenó a cadena perpetua y cárcel común a Menéndez y Videla.

lunes, 3 de enero de 2011

Videla : le esperan dos juicios en Tucumán

"la patria me lo demandaba"
También serán enjuiciados Menéndez y el "Tuerto" Albornoz

El ex presidente de facto se sentará en el banquillo de los acusados el próximo 15 de febrero, en el marco de la causa "Romero Niklison", por el asesinato de cinco montoneros en 1976. Un mes después, será juzgado por la muerte de Osvaldo De Benedetti, ocurrida en 1978.

El ex presidente de facto, Jorge Rafael Videla, uno de los principales ideólogos del golpe de Estado de 1976 y responsable por las violaciones a los derechos humanos cometidas durante los "años de plomo" en Argentina, será juzgado por primera vez en Tucumán, desde la reapertura de las causas por esos delitos, a partir del próximo 15 de febrero.
El proceso, que será llevado adelante por el Tribunal Oral Federal de Tucumán (TOF), se enmarca en la causa "Romero Niklison", en la que se investiga el asesinato de cinco personas.
Junto a Videla, también estarán sentados en el banquillo de los acusados Luciano Benjamín Menéndez, ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército, y al ex policía Roberto Heriberto "El tuerto" Albornoz.
Otra particularidad del que será el primero de los seis juicios por delitos de lesa humanidad que ya tienen fecha para 2011 en nuestro país, es el hecho de que, por primera vez, el ex gobernador de facto de Tucumán, Antonio Domingo Bussi, por razones de salud, no estará entre los acusados.
Los hechos por los cuales serán juzgados Videla y los otros imputados acontecieron el 20 de mayo de 1976, cuando, en horas del mediodía, se produjo un allanamiento por parte de personal de la Vª Brigada de Infantería y de fuerzas policiales de Tucumán en el domicilio donde vivían María Alejandra Niklison y Gerardo Alfredo Romero, en calle Azcuénaga 1.876, de la Capital provincial.
Momentos antes del allanamiento, en ese domicilio, ubicado en el barrio Echeverría, se encontraban reunidos cinco militantes pertenecientes a la Organización Político-Militar Montoneros de Tucumán, quienes estaban participando de una reunión de conducción de la zona Este. Ellos eran María Alejandra Niklison, Fernando Saavedra Lamas, alias "Pepo"; Juan Carlos Meneses (cuyo nombre falso era Miguel Angel Gonzalez Cano, oriundo de la provincia de Santa Fe) Atilio Brandsen y Eduardo González Paz, más conocido como "Tomas" o "Martín".
Fuerzas conjuntas del Ejército y de la Policía provincial lanzaron explosivos y tomaron por asalto la casa, ingresaron a la vivienda y, simulando un enfrentamiento, asesinaron a todos los moradores con disparos de arma de fuego. Uno de los ocupantes, Saavedra Lamas, logró escapar de la casa, pero fue asesinado por los mismos agresores al frente de una iglesia cercana.
Testigos relataron que frente del domicilio allanado había camiones del Ejército, vehículos policiales, gran cantidad de efectivos de ambas fuerzas, y muchos vecinos del lugar.
Los cuerpos sin vida de las víctimas fueron llevados a la Jefatura de la Policía de Tucumán y de allí cuatro de ellos (tres masculinos y un femenino) fueron inhumados en fosas comunes en el Cementerio del Norte de esta ciudad.

Otro juicio, en marzo

Un mes después, el 15 de marzo, también en Tucumán, comenzará el juicio en el marco de la causa "De Benedetti", en la que se investiga la muerte de Osvaldo De Benedetti, ocurrida en 1978 y por la que están acusados Videla, Menéndez, Jorge Eduardo Gorleri, Héctor Hugo Lorenzo Chilo, Jorge González Navarro y Alberto Carlos Lucena.
De Benedetti fue procesado por asociación ilícita y detenido en la Unidad penitenciaria N° 1 de la ciudad de Córdoba, a disposición del Juzgado Federal de Tucumán y del Poder Ejecutivo Nacional por decreto N° 1761/74. En carácter de "rehén", junto a otros presos provenientes de diferentes cárceles del país, De Benedeti fue retirado de dicho establecimiento carcelario el 3 de julio de 1978, por orden del Area 311 y trasladado a la Unidad Penitenciaria de Tucumán donde ingresó en la misma fecha. Posteriormente, y siempre conforme se desprende de las piezas acusatorias, en fecha y hora aún no determinadas con exactitud, pero posiblemente el día 21 de julio de 1978, en un lugar aún no identificado de la provincia Tucumán, De Benedetti habría sido ejecutado por personal militar perteneciente al III Cuerpo del Ejército, en un simulado intento de fuga.

domingo, 26 de diciembre de 2010

La sentencia de Córdoba echó luz sobre la complicidad de jueces y religiosos

“El juicio trajo algo de paz”

“Hasta tres días de tortura no son pecado si sirven para salvar vidas”, decían los curas de la UP 1, según el testimonio de Fermín Rivera, el primero que denunció los fusilamientos de presos políticos en Córdoba.
Por Martín Notarfrancesco, Pablo Luro y Waldo Cebrero

La sentencia del juicio a Videla repara no sólo a las víctimas y sus familiares. El Estado asume sus culpas y consagra la voz de los sobrevivientes. Ese relato oral que perduró en el tiempo para dar testimonio de la atrocidad encuentra su reivindicación en un fallo que otorga valor a sus voces.

A días de aquella jornada, distintos actores de este proceso analizan el desarrollo del juicio y las conclusiones del tribunal. La sensación de tarea cumplida se entremezcla con los nuevos horizontes y lo que falta. Las complicidades reflotadas a lo largo del debate marcan el rumbo para seguir profundizando el camino de justicia. La Iglesia Católica y la Justicia federal quedaron muy comprometidas. La causa “de los magistrados”, abierta en contra de los funcionarios judiciales de entonces, acusados de no investigar los crímenes denunciados por los presos políticos, ya pide pista.

Los primeros en denunciar

Con 34 años de espera en los hombros, Fermín Rivera, autor de la denuncia que dio origen a esta causa, se siente “satisfecho de que hayan sido condenados algunos de los máximos responsables, pero también de que se pueda conocer la verdad tras décadas de querer ocultarla”. Fermín Rivera es un ex preso de la UP 1 que denunció, mientras estaba preso en Rawson, los fusilamientos de los presos políticos. Los detenidos políticos tenían el compromiso de denunciar lo que vivían en la cárcel, y él intentó hacerlo ante los jueces Eudoro Vázquez Cuestas y Adolfo Zamboni Ledesma, que le tomaron declaración maniatado y apuntado por fusiles militares que lo custodiaban. Durante el juicio, Rivera denunció la actuación de los capellanes del penal Eduardo McKinnon y Sabas Gallardo, quienes justificaban que “hasta tres días de tortura no son pecado si sirven para salvar vidas”. “Pero también consideró que fueron juzgados sólo algunos de los ejecutores de los crímenes. Faltan los hombres cómplices de la Justicia, de la Iglesia y los que se beneficiaron económicamente. Ninguno de los crímenes se podría haber cometido sin las complicidades. Este puede también ser un primer paso”, concluye Rivera.

“Ahora que los policías que me torturaron están presos, pienso en volver a vivir a la Argentina, porque siento que el país es otro muy distinto al de antes”, adelantó el ex policía Luis Urquiza, abrazado a sus dos hijas, nacidas en Dinamarca. Urquiza es ex policía y el único querellante de la causa “Gontero”, donde se investigó la participación de la policía de Córdoba en la estructura represiva que comandó Luciano Benjamín Menéndez. En los ‘90 decidió volver del exilio, pero en 1997 tuvo que escapar nuevamente tras recibir amenazas de Carlos Yanicelli, uno de sus torturadores, que fue director de Inteligencia de la policía durante los gobiernos de Eduardo César Angeloz y Ramón Bautista Mestre. Urquiza denunció durante el juicio que el por entonces ministro de Asuntos Institucionales de la provincia, Oscar Aguad, apadrinó a más de cien represores del D2 en la policía, entre ellos a Carlos Yanicelli, un hombre de su confianza. “Aguad hoy es diputado nacional del radicalismo y ocupa el Concejo de la Magistratura. Moralmente debería apartarse de ese lugar”, afirma Urquiza.

“Esto que empezó hace 34 años, costó mucho dolor. Ahora puedo volver con mis hijas. Ellas también son víctimas porque nos tuvimos que ir del país, incluso en democracia, por falta de voluntad política del gobierno radical de entonces”, concluye.

Héctor Fransicetti vivió desde adentro de la UP 1 el período represivo que terminó con los fusilamientos. Desde su lugar de víctima y testigo afirmó que para ellos este juicio fue un resarcimiento. “Estamos conformes en un porcentaje importante porque la mayoría de los asesinos de los compañeros están ahora condenados”, dijo emocionado en la puerta de los tribunales, a minutos de haber escuchado la sentencia.

Algo de paz

Rosario Rodríguez fue la compañera de vida de Pablo Alberto Balustra, delegado sindical de Obras Sanitarias y militante montonero que fue asesinado el 11 de octubre de 1976. Como familiar de una víctima, dio ante el tribunal uno de los testimonios más sentidos, que sirvió para comprender la magnitud de los crímenes. “Me siento muy feliz de haber vivido este momento. Fueron muchos años de sufrimiento para nosotros, los familiares. Las colas frente a la cárcel, y las giras por los hospitales para saber dónde estaban los cuerpos de nuestros muertos, son recuerdos muy duros y ahora podemos decir que, aunque no nos devuelve a los familiares, el juicio trajo algo de paz”, dirá Rosario horas después, ya en los festejos.

“Yo no lo tengo a mi hermano y era vital en la vida de la familia”, dijo Miriam Funes, hermana de José Cristian, “El Diablito”, fusilado el 30 de junio de 1976. Sus palabras expresaron el vacío que lleva adentro hace tres décadas. Si bien valoró la llegada de este juicio, también dejó claro que “nunca ningún juicio ni ninguna sentencia me van a conformar”.

Un largo camino

El Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, llegó hasta Córdoba para seguir las últimas dos audiencias del juicio. Luego de escuchar el veredicto, dijo que hace décadas esperó por este día. “Hace casi treinta años nos presentamos como querellantes junto con María Elba Martínez, pero después vinieron las leyes de la impunidad. Recién con este gobierno se pudo comenzar a juzgarlos y por eso es tan importante que podamos estar en este día histórico.” También valoró el derecho a defensa que se le respetó a cada uno de los imputados. Al respecto, dijo que “esto habla de la dignidad de un pueblo y una Justicia. Estoy seguro de que sobre la impunidad no se puede construir una democracia”.

Carolina Scotto, rectora de la Universidad Nacional de Córdoba, estuvo presente, como en cada una de las sentencias que se dieron en Córdoba. Desde su punto de vista, estos juicios constituyen un paso adelante a favor de las generaciones de argentinos y argentinas que van a cuidar estas conquistas, como algo de lo que no se puede retroceder. “Estos juicios nos obligan a que los ciudadanos y las instituciones completemos la revisión y hagamos la recuperación de la memoria, con la valentía que hace falta para asumir el rol que nos cupo para que no volvamos a cometer viejos errores. El proceso que acaba de terminar desnudó esas responsabilidades institucionales, incluso las de omisión, que no son sanas a la verdad.”

El querellante Martín Fresneda fue de los más optimistas. Se mostró conforme con la sentencia y dijo que “sin lugar a dudas tiene una dimensión política porque interpela parte de la historia”. El abogado de H.I.J.O.S. opinó que se trata antes que nada de “un proceso penal y no un juicio político”. “Visto así –agregó–, las absoluciones hablan bien del proceso porque significa que hubo una defensa, que no se está condenando sin pruebas que certifiquen con la certeza necesaria. Por otro lado, lo valorable, más allá de las penas, es haber juzgado a los responsables.”

Mirando hacia adelante

Para el fiscal Carlos Gonella, este juicio puede generar un quiebre en la Justicia federal. Allí radica su expectativa. Afirmó que el juicio ventiló las complicidades civiles que tuvo el genocidio político. Dijo además que espera que “pueda haber una autocrítica urgente del rol que cumplieron nuestros pares de la Justicia, de los que yo me avergüenzo. Espero que esas complicidades sean analizadas en los fundamentos de la sentencia y que permitan agilizar las investigaciones a funcionarios de la Justicia durante la dictadura cívico-militar”.

Marcelo Yornet es militante de H.I.J.O.S. y su conclusión del fallo apuntó más hacia adelante. Dijo que fue todo un aprendizaje colectivo haber luchado en paz para condenar estos crímenes y ahora queda el trabajo de afianzar los verdaderos logros que dejan estos juicios, la incorporación de los derechos humanos en la vida diaria de la gente.

miércoles, 22 de diciembre de 2010

Los condenados, los absueltos, los cargos y las penas

1 Jorge Rafael Videla. Fue director del Colegio Militar, jefe del Estado Mayor del Ejército y comandante en jefe del Ejército. El 24 de marzo de 1976 encabezó, junto a Emilio Massera y Orlando Agosti, el golpe de Estado que derrocó a María Estela de Perón. Juzgado luego del retorno a la democracia cumplió sólo cinco años de prisión efectiva hasta que recibió un indulto del entonces presidente Carlos Menem. En 1998 volvió a la cárcel por una causa de robo de bebés, aunque días después se le concedió el arresto domiciliario. Hace dos años perdió aquel beneficio y fue trasladado a Campo de Mayo. Se lo consideró responsable de las torturas y homicidios de todas las víctimas de la causa UP1. Le dieron perpetua.

2 Luciano Benjamín Menéndez. Entre 1975 y 1979, fue el comandante del III Cuerpo de Ejército, con epicentro en Córdoba y presencia en diez provincias. Como tal, fue el máximo responsable de los delitos de lesa humanidad cometidos en estas jurisdicciones y de la existencia de los centros clandestinos en Cuyo y Noroeste. El propio Menéndez presidía la denominada Comunidad Informativa donde confluían las autoridades de todas las fuerzas de Defensa y Seguridad. Hasta ayer contaba con cuatro condenas a perpetua, que cumplía en el penal de Bouwer. Perpetua.

3 Vicente Meli. Fue jefe de Estado Mayor de la IV Brigada desde junio de 1976 y por lo tanto responsable en las decisiones que se tomaron en la provincia para “eliminar a la subversión”. También acusado de las torturas y homicidios de todas las víctimas de UP1, Meli cumple detención domiciliaria desde 2007. Perpetua.

4 Mauricio Carlos Poncet. Fue jefe de la División Personal (G1) de la IV Brigada de Infantería Aerotransportada. Desde allí dirigió la custodia y el trato de los presos políticos. Perpetua.

5 Jorge González Navarro. Como jefe del G5 (Asuntos Civiles) de la IV Brigada de Infantería Aerotransportada, participó en el diseño y coordinación de la represión en Córdoba. Perpetua.

6 Raúl Eduardo Fierro, alias “El Francés”. Fue jefe del grupo de Inteligencia (G2) de la IV Brigada de Infantería Aerotransportada y miembro del Estado Mayor. Algunos sobrevivientes recuerdan haberlo visto en los centros clandestinos La Perla y La Ribera. Perpetua.

7 Gustavo Adolfo Alsina. Fue uno de los jefes de las secciones de la Policía Militar. Participó de los levantamientos carapintadas de Semana Santa, beneficiándose luego con la ley de obediencia debida y con los indultos. Se lo juzgó por tormentos y por el asesinato de René Moukarzel. Perpetua.

8 Enrique Pedro Mones Ruiz. Miembro del Regimiento de Infantería Aerotransportada II, donde integraba la Compañía de Comando. Se retiró con el grado de teniente coronel. Fue acusado de torturas y por el asesinato dentro del penal de Raúl Bauducco. Perpetua.

9 Miguel Angel Pérez. Miembro del Regimiento de Infantería Aerotransportada II, es recordado por su testimonio autoincriminatorio en los juicios por la verdad histórica donde confesó haber asesinado a quemarropa a Bauducco en el patio de la cárcel. Perpetua.

10 Marcelo Luna, alias “Piruchín” o “Pibe Pedrota”. Fue parte de la patota del D2 y desde ahí responsable de numerosos casos de torturas y homicidios. También fue visto en el centro clandestino Chalet de Hidráulica. Perpetua.

11 Calixto Luis Flores, alias “Chato”. Hasta 1977 formó parte del personal del centro clandestino D2. Integró una de las brigadas operativas de La Ribera. El año pasado había sido absuelto en la causa Albareda. Perpetua.

12 Yamil Jabour. Policía retirado con grado de comisario mayor. Fue miembro del Comando Libertadores de América y de la patota del D2. Estaba acusado de cuatro casos de torturas y seis homicidios. Perpetua.

13 Alberto Luis Lucero, alias “Cara con Rienda” o “Chatarra”. Fue integrante de grupo calle de la patota del D2 y de la brigada operativa de Pilar. Fue visto también en el Chalet de Hidráulica. Estaba acusado por la aplicación de tormentos a diez detenidos y el asesinato de seis. Perpetua.

14 Carlos Alfredo Yanicelli, alias “Tucán”. Uno de los miembros más recordados de la patota del D2. Con la vuelta a la democracia llegó a conducir la policía provincial durante el gobierno de Ramón Mestre. Fue imputado por diez torturas y seis asesinatos. Perpetua.

15 Juan Eduardo Ramón Molina, alias “Negro”. Fue integrante de la patota de la D2 que torturó a los detenidos de la UP1 que llevaron hasta el centro para interrogarlos. Perpetua.

16 Carlos Hibar Pérez. Militar retirado, imputado por haber revistado en las filas del Regimiento de Infantería Aerotransportada II durante la dictadura. Acusado de torturar a presos políticos. Fue condenado a 14 años de prisión.

17 Juan Emilio Huber. Ex jefe de la Policía Militar 141, órgano que tomó el control de los pabellones de presos políticos en la UP1 a partir de abril de 1976. Se lo acusó por tormentos. 14 años.

18 Hermes Oscar Rodríguez, alias “Salame”. Entre 1976 y 1977 fue el segundo jefe del Destacamento de Inteligencia 141, además de ser un asiduo visitante de La Perla y de participar en las reuniones de oficiales en donde se decidía la suerte de los detenidos. El que culminó ayer fue el segundo juicio en su contra. 12 años.

19 Víctor Pino Cano. Fue jefe del Regimiento de Infantería Aerotransportada II, del que dependían las brigadas que participaron del traslado de los detenidos. Se lo acusó por la imposición de tormentos a todos los presos políticos de la penitenciaría y el homicidio de tres de ellos. Cumple detención domiciliaria en el country Tortugas. 12 años.

20 Fernando Martín Rocha, alias “El Tuerto” o “Dardo”. Era oficial principal en el Comando Radioeléctrico. Desde ahí participó en las torturas que sufrieron las seis víctimas de la causa Gontero. 8 años.

21 Miguel Angel Gómez, alias “Gato”. Durante la última dictadura integró el grupo de tareas que funcionó con epicentro en la D2. Los sobrevivientes del centro clandestino lo señalan como uno de los torturadores más feroces. Ya contaba con una condena a 16 años de prisión. 7 años.

22 Mirta Graciela Antón, alias “Cuca”. Señalada por los sobrevivientes del D2 como la encargada de darle el “tiro de gracia” a los policías que eran asesinados por sus propios compañeros, se convirtió ayer en la primera mujer condenada en Córdoba por delitos de lesa humanidad. 7 años.

23 José Eugenio San Julián. Durante la dictadura se desempeñó como jefe de la Región Noroeste de Gendarmería Nacional. Fue acusado de torturar a seis víctimas de la causa Gontero. 6 años.

24 Ricardo Cayetano Rocha. Fue integrante de la patota del D2. Se jubiló de la policía provincial por incapacidad, con el grado de sargento. Estaba acusado en las dos causas que integraron el juicio. Fue absuelto.

25 Osvaldo César Quiroga. Estuvo en las filas del Regimiento de Infantería Aerotransportada II, donde integraba la Compañía A. Dejó constancia de puño y letra del retiro de los presos políticos Miguel Vaca Narvaja, Arnaldo Toranzo y Gustavo de Breuil, quienes luego serían asesinados. Fue absuelto.

26 Francisco Pablo D’Aloia. Integró las filas del Regimiento de Infantería Aerotransportada II. Estaba acusado de haber participado del traslado de Vaca Narvaja, Toranzo y De Breuil. Fue absuelto.

27 José Antonio Paredes. También del Regimiento de Infantería Aerotransportada II, estaba acusado por tormentos. Unos días antes del inicio del juicio había sido encarcelado en la prisión de Bouwer. Fue absuelto.

28 Luis Alberto Rodríguez. Integró la patota de la D2 y se retiró de la policía con el grado de comisario mayor. Estaba acusado de imposición de tormentos a cuatro personas. Fue absuelto.

29 Gustavo Rodolfo Salgado. También formó parte de la patota del D2. Fue visto en el centro clandestino La Ribera. Se lo acusó de torturar a las seis víctimas de la causa Gontero. Fue absuelto.

30 Luis David Merlo. Llegó al juicio acusado de ser “El Moro” Merlo, un mítico represor del D2, ya muerto. Alegó que durante la instrucción de la causa se cometió un “error de identidad” entre él y el oficial principal Luis Ricardo Merlo, quien sí habría sido “El Moro”. Fue absuelto.

31 José Felipe Tavip. Médico. Fue el único civil imputado en este juicio, acusado de encubridor por haber fraguado el certificado de defunción de José René Moukarzel. Fue apartado del juicio por razones de salud.