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martes, 26 de junio de 2012

Casación ratificó prisión perpetua para Videla

La condena quedó firme

La Cámara de Casación confirmó la pena impuesta por un tribunal de Córdoba a Jorge Rafael Videla, Luciano Benjamín Menéndez y otros 28 represores por asesinatos y tormentos.

La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme la condena a prisión perpetua impuesta al dictador Jorge Rafael Videla, a Luciano Benjamín Menéndez y a otros 28 represores, por un tribunal cordobés que los juzgó por torturas y homicidios de 31 presos políticos durante la última dictadura.

En un fallo firmado por los camaristas Raúl Madueño, Luis María Cabral y Mariano Borinsky, el tribunal penal desestimó los recursos de amparo presentados por las defensas de la treintena de represores para dejar sin efecto las condenas que recibieron por su participación en los asesinatos de presos políticos en la Unidad Penal Nº 1 de Córdoba, en el marco del juicio desarrollado durante 2010.

El 22 de diciembre de ese año, Videla, Menéndez y otros 28 represores fueron condenados a prisión perpetua por ser considerados responsables del fusilamiento de 31 presos políticos entre marzo y octubre de 1976. En el caso del ex presidente de facto, la condena apuntó específicamente a la “imposición de tormentos agravada por la condición de perseguido político de la víctima” en 31 casos y por 29 homicidios calificados por alevosía.

Entonces, cuando le dieron la palabra antes del veredicto, Videla reiteró que hubo “una guerra interna” y sostuvo la teoría de los dos demonios, para argumentar su versión de la historia reciente y justificar los crímenes del terrorismo de Estado. En el mismo juicio fueron condenados también a perpetua Vicente Meli, Carlos Poncet, Raúl Fierro, Jorge González Navarro, Gustavo Adolfo Alsina, el ex carapintada Enrique Pedro Mones Ruiz y el ex cabo Miguel Angel Pérez, y los policías Luis Alberto Lucero, Calixto Luis Flores, Yamil Jabour, Marcelo Luna y Juan Eduardo Molina.

El juicio analizó los crímenes de lesa humanidad que hasta entonces conformaban dos causas separadas: la que investigaba crímenes cometidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 (UP1) de Córdoba por el fusilamiento de presos políticos que estaban detenidos desde antes del golpe de Estado del 24 de marzo 1976, y que fueron obligados a simular un intento de fuga, y otra por los secuestros y las torturas infligidas a cinco ex policías y al hermano de uno de ellos, delitos perpetrados en el Departamento de Informaciones Policiales (D2).

En enero del año siguiente, en la lectura de los fundamentos de la sentencia, el Tribunal Oral Federal Nº 1 de Córdoba sostuvo que los hechos juzgados “se cometieron como consecuencia de la planificación estratégica y táctica emanada de la cúpula militar”, y que “Videla fue el responsable de fijar los objetivos y proveer de infraestructura y medios para la consiguiente cadena de mandos bajo sus órdenes”.

Mientras, en relación con la totalidad de los condenados, los jueces sostuvieron en el fallo que todos formaban parte de la “organización de un plan sistemático integral criminal que, amparado por los mecanismos estatales, tenía como objetivo la eliminación de los opositores políticos”. El fallo afirmó que, dentro de ese plan de aniquilamiento, los condenados cumplieron distintos roles y tareas dentro de la “represión ilegal caracterizada por la discrecionalidad y libertad otorgadas por la Junta de Comandantes (Videla) a los jefes de zona (Menéndez), como así también la libertad al personal militar y policial inferior en sus distintas jerarquías y grados”. En ese contexto, “se advierte allí sin dificultad un nivel horizontal de responsabilidades y la existencia de coautoría mediata. Todos ellos se conocían, se reunían, compartieron cargos como integrantes de la Junta, y en común planificaron y ordenaron la ejecución del plan criminal descripto”, sostuvieron los jueces Jaime Díaz Gavier, Carlos Lascano y José María Pérez Villalobos.

Casación rechazó todos los recursos presentados por las defensas de los condenados contra el veredicto, con lo cual dejó firmes las penas impuestas y que ordenaron además que Videla cumpla la condena en cárcel común. Esta fue la segunda condena a perpetua para el dictador, ya que la primera fue la del Juicio a las Juntas, mientras que mañana dirá sus últimas palabras en el juicio oral por la apropiación de bebés, donde tiene un pedido de condena a 50 años de cárcel.

jueves, 31 de julio de 2008

Prisión perpetua para Menéndez y en cárcel común


Uno de los represores más crueles de la dictadura

El hoy anciano represor Luciano Benjamín Menéndez, condenado en la tarde del jueves a prisión perpetua, era llamado "Cachorro" cuando decidía sobre la vida y la muerte de miles de secuestrados en diez provincias argentinas durante la última dictadura, como jefe del denominado Tercer Cuerpo del Ejército con asiento en Córdoba.

Menéndez, hoy de 81 años, llegó a su cargo en el poderoso Tercer Cuerpo del Ejército en septiembre de 1975 y lo ejerció hasta el mismo mes de 1979, con epicentro de operaciones en la capital cordobesa, donde hasta ahora se encontraba con prisión domiciliaria.

La influencia del jerarca, considerado uno de los represores más crueles de la dictadura, alcanzaba además de Córdoba, a Jujuy, Salta, Catamarca, La Rioja, San Juan, Mendoza, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán.

Menéndez comandó unos 60 centros clandestinos de detención en esas provincias, incluido el de La Perla, en Córdoba, donde desaparecieron unas dos mil personas.

Indultado en 1990 por el ex presidente Carlos Menem, Menéndez se volcó a la arena política: en 1998 fundó el partido "Nuevo Orden Republicano", de tinte ultraderechista y aún ahora en actividad.

Después de ser procesado en 1988 por 47 homicidios, 76 torturas a detenidos y 4 robos de bebés, quedó fuera de la causa judicial beneficiado por la ley de Punto Final, actualmente anulada y declarada inconstitucional por la Corte Suprema.

Días antes de ser sometido al primer juicio oral de su vida, en el ’90, fue indultado por Menem y nunca más volvió a prisión, hasta que en el 2003 se le dictó la captura por las causas pendientes en su contra que habían sido frenadas por la ley de Punto Final.

En el plano internacional, fue requerido por la justicia europea, tanto en Italia como en las causas llevadas en España por el juez Baltasar Garzón, quien llegó a pedir su extradición.

En 1979 protagonizó una rebelión militar y se opuso a la designación de Roberto Viola como sucesor de Jorge Videla, que terminó en un mayúsculo papelón y su retiro de la milicia activa. Menéndez nunca mostró sentirse arrepentido por los crímenes de los que es responsable.

Lejos de ello, siempre reivindicó el accionar represivo de la última dictadura.

Este jueves, al hacer uso de la última palabra, antes de la sentencia frente a los jueces del Tribunal Federal N 1 de Córdoba avaló el terrorismo de Estado al manifestar que se trataba de una "guerra para salvar a la patria del comunismo".

"Ostentamos el dudoso mérito en ser el primer país en el mundo que juzga a sus soldados victoriosos, que lucharon y vencieron por orden de y para sus compatriotas", agregó el ex titular del Tercer Cuerpo del Ejército actualizando la "teoría de dos los demonios", una de los argumentos preferidos de los integrantes de la última dictadura.

En mayo del 2000, al argumentar su negativa a declarar en una de las causas iniciadas por su responsabilidad en delitos de lesa humanidad, Menéndez respondió "No, en absoluto", cuando se le preguntó si estaba arrepentido por su accionar como comandante del Tercer Cuerpo de Ejército, entre 1975 y 1979.

El represor fue condenado este jueves a prisión perpetua por violaciones a los derechos humanos en la "causa Brandalisis", por encontrarlo la justicia penalmente responsable del secuestro, tortura y muerte de cuatro jóvenes militantes políticos, ocurridos en 1977.

Revocada su prisión domiciliaria por el tribunal, el "Cachorro" Menéndez, pasará el resto de sus días en una cárcel común dependiente del Servicio Penitenciario.

Los aspectos principales de la sentencia que condenó a Menéndez


El Tribunal Federal Oral 1 condenó este jueves, con severas penas y cárcel común, a Luciano Benjamín Menéndez y a otros siete represores(*) por los delitos de "privación ilegítima de la libertad, imposición de tormentos y homicidio" de cuatro jóvenes militantes políticos en 1977 en Córdoba.

Los aspectos principales de la sentencia dictada por el Tribunal de Enjuiciamiento, integrado por Jaime Díaz Gavier, Carlos Otero Alvarez y José Vicente Muscará, son los siguientes:

Se declara a Luciano Benjamín Menéndez como coautor responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada por tratarse de un funcionario público, agravada por el uso de violencia por la duración -más de un mes- y por haberse cometido para compeler a la víctima a hacer, no hacer o tolerar algo a lo que no estuviese obligada.

También por la imposición de tormentos agravada por la condición de perseguido político de la víctima -cuatro hechos en concurso real- y homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de una pluralidad de partícipes -cuatro hechos-.

Por tales delitos se le impone pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua, accesoria legales y costas; como consecuencia se le revoca la prisión domiciliaria y se ordena su inmediata detención en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba.

La prisión perpetua también alcanza a Luis Alberto Manzanelli, Carlos Alberto Díaz, Oreste Valentín Padován y Ricardo Alberto Lardone, como coautores de iguales delitos imputados a Menéndez.

Hermes Oscar Rodríguez y Jorge Ezequiel Acosta fueron condenados a 22 años de prisión, y Carlos Alberto Vega a 18 años, como coautores mediatos en tres hechos por privación ilegítima de la libertad y cuatro hechos de imposición de tormentos con las mismas características impuestas para Menéndez, aunque ninguno de los tres fueron imputados por homicidio.

Todos los condenados serán trasladados al complejo penitenciario de Coger, ubicado a unos 18 kilómetros de la capital de Córdoba, ya que el tribunal resolvió revocar todos los beneficios de prisión domiciliaria y excarcelación que gozaban antes del juicio.

Por otra parte, el tribunal rechazó los ocho planteos que durante el debate habían formulado por los defensores de los imputados, como los casos de incompetencia del tribunal e inconstitucionalidad del juicio, entre otros.


(*) Los otros represores condenados son : Luis Alberto Manzanelli, Carlos Alberto Díaz, Oreste Valentín Padován y Ricardo Alberto Ramón Lardone (cadena perpetua) ; Hermes Oscar Rodríguez y Jorge Ezequiel Acosta (22 años de cárcel) y Carlos Alberto Vega (18 años de cárcel).